El uso de guardias armados privados a bordo de buques comerciales, especialmente en respuesta a las amenazas de piratería frente a las costas de África Occidental, plantea varias cuestiones jurídicas que los armadores deben tener en cuenta. He aquí los marcos jurídicos que rigen el uso de guardias armados. La UNCLOS proporciona un marco para la seguridad marítima, pero no aborda específicamente el uso de guardias armados privados. Los armadores deben garantizar el cumplimiento de la legislación y los convenios marítimos internacionales. Las leyes del Estado del pabellón del buque son cruciales. Algunos países pueden tener normativas que prohíben o restringen el porte de armas de fuego a bordo de buques comerciales. Los armadores deben consultar las leyes del Estado de abanderamiento relativas al personal de seguridad armado. Las leyes de los países en los que el buque hace escala también pueden imponer restricciones o requisitos relativos a los guardias armados. Los armadores deben garantizar el cumplimiento de la normativa local en cada puerto de escala. El uso de armas de fuego por parte del personal de seguridad privada puede estar sujeto a una estricta normativa en materia de posesión, uso y almacenamiento de armas.
Hinweis: Dieser Artikel kann nur an eine deutsche Lieferadresse ausgeliefert werden.
Hinweis: Dieser Artikel kann nur an eine deutsche Lieferadresse ausgeliefert werden.