El objetivo de este artículo es analizar el equilibrio entre los derechos constitucionalmente garantizados - libertad de prensa y derechos de la personalidad - a la luz de los valores constitucionales y de la responsabilidad civil. La Constitución Federal garantiza la libertad de comunicación social (art. 220.1), así como la libertad de pensamiento, la libre expresión de estos pensamientos y el acceso a la información. Sin embargo, la Constitución también protege los derechos de la persona - el derecho a la reputación, el honor y el prestigio - que a menudo se ven vulnerados por la actividad periodística. Sin embargo, la solución a este conflicto no pasa por negar uno de estos derechos, sino por ponderar y equilibrar su aplicación de forma que coexistan armónicamente en cumplimiento de los principios constitucionales. Para llegar a esta conclusión, el procedimiento metodológico que se aplicará en esta tesis implica un examen de la ley, la doctrina y la jurisprudencia.
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