México se ha transformado con la reforma constitucional que modifica el título primero del texto fundamental y protege los derechos humanos, siendo oponible al estado el cumplimiento de lo pactado en los tratados internacionales, aun y cuando no se haya plasmado en la legislación secundaria, abriendo la posibilidad de su exigibilidad vía control constitucional jurisdiccional, pero, qué pasa cuando se está en el proceso de celebración de este tipo de acuerdos internacionales, cuál es el análisis que se lleva a cabo y cuáles las consecuencias que tendrá para el estado mexicano un deficiente análisis de ellos; ésto es lo que principalmente se toca en este trabajo, la contrastación con las experiencias internacionales de control constitucional previo de los textos de éstos, para evitar posteriormente conflictos legales de aplicación de principios extraños a los sistemas jurídicos nacionales vigentes.
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