Cuenta la historia que en el año 1738 y por Real Cédula del Rey Felipe V, se da inicio a la enseñanza del Derecho en nuestro país;primero en la Real Universidad de San Felipe y luego, en la Universidad de Chile. Con los años muchas casas de estudios y con diversos estándares, ilustran esta carrera; siendo siempre solo el Estado el que inviste ¿en ceremonia solemne¿ a los sujetos habilitados para ello, con el Título profesional de abogados. Así, la abogacía ha de ser la única profesión no otorgada por los planteles universitarios; reservándose al máximo Tribunal de la República, el honor de investir al nuevo abogado y reconocer a la nueva abogada; con las cualidades y capacidades necesarias para efectuar una de las funciones más sagradas, esto es, «abogar» por otro en el marco de un Estado de Derecho.