El alquiler de vientre es un contrato carente de regulación en la ley Colombiana, sin embargo, es comúnmente practicado; es común que en el contrato de maternidad subrogada la madre gestante este a cargo de obligaciones de carácter personal e intransferible que realiza bajo el control de la parte contratante a cambio de una remuneración mensual, elementos que guardan similitud con los elementos esenciales del contrato de trabajo (Art. 23 CST); por tanto es valido cuestionar si ¿El alquiler de vientre puede constituir un contrato de trabajo?, y de ser así ¿Qué implicaciones tiene en la aplicación del derecho laboral?.
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