La reforma constitucional del año 2011 en materia de derechos humanos ha cambiado los paradigmas del Derecho Mexicano; marca la transición de un Estado Legal de Derecho a uno Constitucional de Derecho, en el que la Constitución juega un papel activo en los actos de creación normativa. A partir de ahí se adoptó un modelo mixto de control constitucional en el que todas las autoridades del país, incluyendo las administrativas y los tribunales de lo contencioso administrativo, se encuentran vinculadas de manera directa con la tutela del orden constitucional, al estar facultadas para ejercer funciones de control constitucional en el ámbito de sus respectivas competencias, que tiendan a garantizar la supremacía de la Carta Magna y el respeto por los derechos fundamentales. La principal hipótesis de este trabajo consiste en sostener que, con posterioridad a la citada reforma, se gestó una nueva realidad en el Derecho Administrativo, que puede explicarse teóricamente con las tesis neoconstitucionalistas, ya que dicha rama ha dejado de estar subsumida mecánicamente en lo previsto en la Ley, dejando de estar identificada con el principio de legalidad.
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