Se considera viable la rehabilitación del derecho al sufragio en base a las exigencias contenidas en el principio de dignidad humana pues este pugna por la realización plena del ser humano, en este sentido permitir el voto dignifica a la persona y lo relaciona con la sociedad. La universalidad y progresividad de los derechos humanos permiten la ampliación de los sujetos protegidos alcanzando, en este caso, a las personas recluidas. A ello se adhiere la regla de interpretación pro persona pues exige al legislador y todas las autoridades a elegir por la permisión del sufragio pues el contenido del principio observa una interpretación favorable. Finalmente, la permisión del voto coadyuva a la finalidad del sistema penitenciario consistente en la reinserción social, pues entre los medios concebidos para lograrlo se requiere establecer el sufragio con lo cual se contribuiría a que las personas recluidas se unan a la sociedad al momento de responsabilizarlo en la emisión de una decisión en la elección.
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