En este trabajo, el análisis del problema de la expropiación por utilidad pública de las tierras de las comunidades que viven en las zonas protegidas de la República Democrática del Congo, basado en el caso del Parque Nacional de Lomami, trata de demostrar que las comunidades locales no pueden ser expropiadas de las tierras en las que sólo ejercen derechos de disfrute desde la domanialidad de todas las tierras de la RDC. Sólo el propietario de un edificio por naturaleza puede ser expropiado para un propósito público y esto a cambio de una compensación justa y previa. El propietario también debe demostrar su propiedad mediante un certificado. Cuando se clasifica un bosque por razones de conservación de la naturaleza, las comunidades no tienen que preocuparse. El legislador ha protegido sus derechos de disfrute en el Código Forestal, la Ley sobre los Principios Fundamentales de la Conservación de la Naturaleza y la Ley de Clasificación y Desmantelamiento de los Bosques. Al final de este análisis, logramos hacer una distinción entre expropiación y reubicación, reasentamiento, compensación e indemnización, daños e intereses.
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