Los resultados de este estudio arrojan que, de manera general pero sin dejar de lado sus respectivas particularidades, los Municipios con menos de veinte mil habitantes del Estado de Chihuahua no han implementado el proceso administrativo en sus elementos más básicos, lo que repercute en el grado de cumplimiento al primer párrafo del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás leyes secundarias, respecto a que los recursos públicos se deben de administrar en apego a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, socavando sus posibilidades de cumplir con sus metas y objetivos, y en consecuencia, impidiéndoles generar valor público a través del ejercicio de los recursos que recaudan y de los que les son asignados, en favor de su población.