Este tratado sobre Deontología y organización jurídica de la práctica psicológica constituye un marco de referencia para los estudiantes de psicología y los jóvenes psicólogos. Contiene las distintas recomendaciones y exigencias éticas y deontológicas que rigen a todos los psicólogos en ejercicio. Además, se describen brevemente una serie de principios y actos jurídicos que regulan la profesión del psicólogo. Sin embargo, como se señala en la introducción, dado que la psicología es una disciplina reciente y menos desarrollada en el África subsahariana en general y en la RD del Congo en particular, es importante recordar que este tratado se basa en gran medida en las contribuciones del mundo occidental, más concretamente, del baño francés (en Francia) donde los esfuerzos están más avanzados. Dado que la profesión de psicólogo es de carácter universal, las bases éticas y la organización jurídica de la práctica psicológica se basan en lo que se ha hecho en otros países, tratando al mismo tiempo de adaptarlo al contexto local. En definitiva, reiteramos que el respeto a la dimensión psíquica del individuo es un derecho inalienable. El reconocimiento de este derecho es la base del trabajo realizado por los psicólogos.
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