Desde la llegada del siglo XVIII, es innegable que todo Estado moderno y civilizado se plantea la cuestión del respeto del derecho a un proceso equitativo. Desde el principio, una parte implicada en un proceso debe tener la oportunidad de presentar su defensa en condiciones óptimas y esperar su suerte dentro del plazo legal. Ya se trate de los partidarios del victimocentrismo o del acusocentrismo, el respeto de un plazo razonable sigue siendo indispensable para garantizar un juicio justo. Los autores académicos señalan que existen tres componentes de un juicio justo, a saber, la igualdad de armas y oportunidades, el respeto de los plazos razonables y la ejecución efectiva de las decisiones judiciales. Nuestra reflexión se refiere al segundo componente, a partir de la cuestión del respeto de los plazos razonables en materia penal en el derecho positivo congoleño, con referencia a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. De este modo, hemos identificado los mecanismos de protección de los justiciables contra la superación arbitraria de los plazos razonables con el fin de garantizar un juicio justo a las partes implicadas.
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