La idea de uniformar criterios en cuanto a la tipificación de las carnes en Chile y el funcionamiento de establecimientos de la industria cárnica llevó en el año 1992 al Estado a dictaminar un marco regulatorio. La Ley de Carnes Nº 19.162, que dentro de otras cosas definió la regulación y Funcionamiento de Mataderos, Frigoríficos y Establecimientos de la Industria de la Carne, fue publicada en el Diario Oficial del 7 de septiembre de 1992, y posteriormente fue modificada por la Ley N° 19.797, fue publicada en el Diario Oficial del 3 de Abril de 2002, estableciendo un sistema obligatorio para las áreas de la industria cárnica, mataderos y frigoríficos Respecto a la certificación de matadero de origen, esta función la cumplirían profesionales idóneos, en calidad de personas naturales, autorizados por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de acuerdo a normas internacionales, aprobando finalmente su actuación como certificador de mataderos, pero no consideraron en incipiente negocio de las carnes exóticas en el mundo, por lo que no existió regulación para la certificación de este tipo de planteles.