El presente estudio aborda la cuestión de la solidaridad social en la responsabilidad medioambiental, con el objetivo primordial de buscar la eficacia de este principio constitucional cuando se aplica a cuestiones relacionadas con daños medioambientales. La propia definición del medio ambiente como bien protegido por el Derecho carece de precisión y consenso entre los estudiosos del tema. En consecuencia, el daño medioambiental y la relación de causalidad entre el agente y el daño, elementos esenciales de la responsabilidad civil, adolecen de la misma naturaleza de estas cuestiones. Es necesario analizarlo a la luz del texto constitucional, que distingue el medio ambiente como bien jurídico del bien sobre el que se ejerce el derecho de propiedad. Teniendo en cuenta que la relación entre las actividades humanas, el impacto ambiental y el riesgo de daños es cada vez más evidente, la vigilancia y la actitud de cuidar este bien jurídico de la humanidad es un deber común de todos nosotros. Así, si nuestro legado puede condenar o sostener a las generaciones futuras, la solidaridad social basada en el principio de la dignidad de la vida humana aplicada a los casos de daños ambientales parece ser la más adecuada.
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