Los Tribunales de Arbitramento se han convertido en el medio más efectivo y eficaz para resolver las diferencias surgidas entre las partes contratantes, brindado seguridad y disminuyendo los costos de transacción comparados éstos con los sistemas convencionales de administración de justicia. No obstante lo anterior, por conveniencia o por simple capricho, algunas instituciones locales han creado barreras artificiales que reducen el campo de acción del arbitramento a través del establecimiento de limitantes en su funcionamiento, como ha sido, por ejemplo, la imposibilidad de llevar ante dicha instancia el juzgamiento de los denominados actos administrativos que incorporan el uso de cláusulas excepcionales. Ante este panorama, el presente trabajo expone las razones tanto fácticas como jurídicas que desvirtúan las motivaciones que tienen ciertas instituciones de justicia para, de manera artificiosa, coartar la libertad de las partes que convienen en acudir ante un Tribunal Arbitral en busca de una justicia pronta y especializada.
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