Es un tópico que el mayor patrimonio de una nación sigue siendo la creatividad de sus ciudadanos. Por lo tanto, una de las principales funciones del derecho es proteger el ingenio, la inventiva y la innovación de los ciudadanos. En consonancia con este hecho, Lord Belgore J. en el caso Oladipo Yemitan v. The Daily Times Nigeria Ltd afirmó que "el derecho de un hombre a lo que ha hecho originalmente es un derecho incorpóreo y debe ser protegido". Esta investigación examina los antecedentes jurídicos de la protección de los conocimientos tradicionales en el marco del régimen nigeriano de propiedad intelectual, entre otros tratados y acuerdos internacionales que respaldan su firme protección. Se examinan los problemas que se plantean a la hora de actualizar su protección en el marco de los actuales regímenes de propiedad intelectual, que giran en torno al no reconocimiento de las contribuciones de las comunidades indígenas, los límites de los mecanismos de defensa, la debilidad de la estructura y el sistema de propiedad intelectual, y otros muchos problemas diversos. Sin embargo, si las creaciones y los derechos de los pueblos indígenas deben salvarse de la apropiación indebida y la biopiratería, el gobierno debe proporcionar instalaciones adecuadas para la aplicación de la ley, leyes de propiedad intelectual estándar, formación adecuada para el personal encargado de la aplicación de la ley, llevar a cabo una frecuente labor de información pública sobre los peligros de la apropiación indebida, desarrollar una protección sui generispara el conocimiento tradicional y las iniciativas de documentación del conocimiento tradicional para cumplir los criterios de protección de la PI.
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