En esta obra se analiza lo relativo a una nueva figura del derecho, conocida como crowfunding, o en términos de nuestra ley, sistemas de financiamiento colectivo. Figura que ha sido posible gracias al progreso tecnológico, que ha permitido la convocatoria sencilla a gran cantidad de personas a través de plataformas virtuales, sumado a la progresiva aceptación por el público de los fenómenos de economía colectiva y, también, la reducción o inexistencia de fuentes de financiamiento públicas o privadas para ciertas iniciativas de pequeña o relativamente pequeña entidad. Igualmente, se analiza un nuevo tipo societario del derecho argentino que deja en manos de sus socios su propio diseño normativo: la Sociedad por Acciones Simplificada, que parte de los principios jurídicos de libertad contractual y autonomía normativa, y que tiene como premisa la eficiencia en la estructuración jurídica del negocio societario.
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