Filosofía del derecho, teoría del derecho y, de manera más limitada, la dogmática jurídica son tres conceptos empleados actualmente para referirse a una aproximación teórica al derecho. Esa aproximación también puede ser concebida como investigación en torno a los fundamentos del derecho. A estos pertenecen no únicamente las cuestiones filosóficas clásicas, como la justicia, el Estado, las relaciones jurídicas individuales, la familia, la pro-piedad o la realización de lo bueno, la relación entre derecho y moral, o los fundamentos de la obligación. Se trata también de problemas que concierne a la positividad misma del derecho, las estructuras fundamentales de la ley-uno de los textos más importantes de la comunidad-, la relación entre derecho y lenguaje, derecho e individualidad, derecho y estructuras sociales. En última instancia, la estructura misma del conocimiento del cual emerge el derecho se convierte en motivo central de la investigación. Este cono-cimiento, mediante múltiples realizaciones de orden social, impone el derecho hasta en los últimos rincones de la comunidad. Cuando se intenta resumir estos motivos, se plantea una pregunta inquietante. La filosofía y la teoría del derecho se refieren al derecho. Estudian el derecho, explican el derecho, juzgan el derecho; constituyen el hilo conductor que lleva a una comprensión más profunda del conocimiento jurídico, la semántica jurídica, las funciones del derecho y las autointer-pretaciones del derecho. ¿Qué derecho? A esta pregunta no se le da ninguna respuesta evidente. Esta circunstancia es digna de reseñar.
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