Vivimos en sociedades donde el individuo constituye el centro de la mayoria de nuestras reflexiones y acciones, ya sean politicas, morales o de otro tipo. Esto es asi, por lo menos, en las sociedades occidentales, aunque vemos como otras culturas, en las que lo colectivo tradicionalmente ha tenido un papel relevante, van experimentando cambios que tienden a orientarlas hacia ese paradigma individual. Decir que esto ultimo sea positivo o negativo no es facil, y tal vez es imposible. Lo que si podemos asegurar, sin miedo a equivocarnos, es que el derecho no escapa de esa realidad -ya impuesta o que va imponiendose- del paradigma individualista. En este sentido, advertimos que los sistemas juridicos se orientan o van orientandose a la proteccion preferente del individuo. Las normas del derecho civil y comercial contemporaneos son un reflejo de ello, siendo estas, claro esta, el resultado de una larga evolucion historica marcada por acontecimientos sociales especificos (como la implantacion del capitalismo y la Revolucion Industrial) e impulsada por ideas politicas, morales, filosoficas y religiosas comprometidas con la defensa del individuo. Lo mismo observamos en otras areas algo mas jovenes como, por ejemplo, propiedad intelectual y derecho constitucional. Podriamos mencionar muchas otras areas juridicas, pero creemos que la idea basica que se quiere transmitir es clara: salvo contadas excepciones, los sistemas juridicos contemporaneos se orientan decididamente hacia la proteccion preferente del individuo. No es esto una acusacion o denuncia, ni nada que se le parezca; es tan solo una descripcion de algo factico, independientemente de las consecuencias que se deriven de esa realidad innegable.
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