Don Eugenio Montero Ríos (1832-1914) es una de las figuras más destacadas, que, haciendo su pública aparición política en la Constituyente de 1869, nacida de la Revolución "gloriosa" del año anterior, que destronó a Isabel II, transitaría por el período de la Restauración canovista posterior al sexenio democrático. Pero resulta especialmente destacable su labor como Ministro en el sexenio democrático, donde su espíritu modernizador quedó acreditado con las leyes del Matrimonio civil y la del Registro civil, así como con el Código Penal y la Ley Orgánica Provisional del Poder Judicial, todas de 1870, pero también la del Indulto coetánea o la de Enjuiciamiento Criminal de 1872. Abogado de excepcional enjundia y éxito profesional y uno de los juristas más relevantes del siglo XIX, su poderosa personalidad pudo transitar también por la Restauración Canovista, amoldada al formato caciquil de ésta, dejando constancia en esta etapa de su liberalismo modernizador, no sólo en su activismo antiforalista, o en la promoción del crédito agrícola, la expansión del ferrocarril etc., sino en su participación activa en la Institución Libre de Enseñanza y como Ministro de Justicia y de Fomento, Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Presidente del Tribunal Supremo, Presidente del Senado, Presidente del Consejo de Ministros y otros cargos relevantes.
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