La rapidez con que han evolucionado las instituciones económicas y comerciales sobre las cuales se han cimentado sociedades ha obligado a transformar las instituciones jurídicas para regular de un modo más adecuado el nuevo entorno social que tal evolución supone. Así, en el ámbito del Derecho comercial se ha consolidado una vasta comunidad de operadores económicos que, con el fin de atender las necesidades de la población en general y de su propio sector, vienen reclamando la elaboración de un régimen jurídico propio y apropiado para las relaciones comerciales internacionales.Ese reclamo se materializa a través de la aceptación universal de lo que hoy se conoce como Lex mercatoria o, mejor aún, la auto-regulación del comercio internacional. Igualmente, da cabida a la identificación y sistematización de principios comunes a todos los ordenamientos y por ende aplicables al contrato comercial internacional. Todo, aunado a la labor constante de organizaciones intergubernamentales como la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional CNUDMI y el Instituto para la Unificación del Derecho Internacional Privado UNIDROIT , que en las últimas décadas se han dado a la labor de construir un orden institucional y legal que permita la consolidación de un orden jurídico apropiado para comercio internacional.
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