A partir de la revisión completa de las dos ediciones anteriores, en esta oportunidad se pretende encontrarles una solución a las dudas hermenéuticas que, cada día con mayor fuerza, se vienen presentando alrededor del contenido y alcance de la normatividad que regula el leasing habitacional, las cuales en buena parte se explican por dos factores. De una parte, por el hecho de que la legislación impulsada por el Gobierno Nacional a partir de la Sentencia C-936 de 2003, actualmente contenida en el Decreto 2555 de 2010, apostó por un modelo que no cumple con el objetivo de proteger el derecho a la vivienda digna, pues dicha reglamentación omite tener en cuenta el papel que cumple el crédito en el contexto de las operaciones de leasing habitacional y lo que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU denomina "gastos soportables" y "seguridad jurídica en la tenencia". De otra parte, por el método de contratación que en la práctica vienen utilizando los bancos y las compañías de financiamiento, que lleva a que surja una figura contractual atípica, circunstancia que plantea dos problemas fundamentales a los que se les trata de encontrar solución, a saber: el primero consiste en dilucidar los límites dentro de los que las operaciones de leasing habitacional son admisibles y, por ende, deben considerarse válidas y eficaces, y el segundo, en determinar cuál es la disciplina a la que tales operaciones financieras deben someterse y cómo deben ser integradas sus lagunas o sus deficiencias, dada la inadecuada reglamentación expedida por el Gobierno.
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