En todo proceso de democratización política iniciado a partir de la crisis y caída de un régimen autoritario, el análisis de las relaciones civil-militares y, en su contexto, el estudio de la cuestión del gobierno civil sobre las Fuerzas Armadas constituye una temática central. En estos casos, al compás de la construcción de la institucionalidad democrática general, dichas relaciones y, en particular, el ejercicio del gobierno civil sobre las instituciones castrenses también es objeto de esa misma construcción institucional. En ello reside, pues, uno de los principales desafíos para las autoridades civiles democráticamente electas en el momento de la instauración del nuevo régimen. En un régimen político democrático, las relaciones civil-militares deben poseer tres características esenciales. En primer término, los militares deben estar políticamente subordinados al régimen democrático y a las autoridades gubernamentales legalmente constituidas. En segundo lugar, las autoridades civiles gubernamentales deben desarrollar políticas de defensa y/o militares que garanticen el efectivo ejercicio del gobierno y el control civil de las Fuerzas Armadas y la existencia de Fuerzas Armadas o militares profesional e institucionalmente subordinados. Y, en tercer término, los militares deben ser iguales ante la ley, esto es, los miembros de las Fuerzas Armadas no pueden ser objeto de normas legales especiales ni de privilegios legales o prácticos específicos y diferentes al resto de la ciudadanía, del mismo modo que deben respetar los derechos humanos de otros miembros de la sociedad, y cuando estos derechos o las leyes son violadas, sus responsables deben ser legalmente sancionados.