En teoría, el dinero es una herramienta que ideó el hombre para facilitar sus rela-ciones económicas, nos permite intercambiar e¿cientemente, ¿jar el precio de los demás bienes y servicios, y ahorrar. En la práctica, es un bien que le sobra a unos pocos y le falta a muchos otros; deseado y odiado; capaz de causar y acabar con¿ictos; crear y destruir clases sociales; despertar alegrías, desesperación, pasiones, maldades y bondades. Por su lado, la deuda, contrapartida del crédito, permite que el deudor aumente su gasto presente, en sacri¿cio de sus ingresos futuros, y que el acreedor sacri¿que su gasto presente a cambio de ingresos futuros. En la práctica es vista de muchas formas, mientras para unos puede ser una oportunidad, para otros puede ser una necesidad, un costoso error, o incluso un bien más dentro de la economía. Pero más allá de todas estas cosas, el dinero, la deuda y el crédito, son conceptos tan importantes en nuestra sociedad, que entender sus mecánicas es imperativo para tomar nuestras decisiones jurídicas, económicas y políticas. Desde el punto de vista jurídico el dinero es considerado un bien con funciones y características especialísimas, la deuda una obligación de dinero y el crédito un derecho personal o crediticio. Si entendemos el derecho como una herramienta para convivir en sociedad, este no puede limitarse a tener en cuenta criterios de justicia, también debe obedecer a criterios técnicos y de utilidad. Esto hace que a nuestro juicio, no sea posible comprender un régimen jurídico sin entender también el contexto en el cual este será aplicado. Esta re¿exión viene a cuento particularmente por el tema central de esta obra: las obligaciones de dinero e intereses, que siendo reguladas por el derecho civil y comercial, son gobernadas por normas con un altísimo contenido técnico de economía y ¿nanzas.
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