Schauer presenta, de entrada, la disputa entre iusnaturalismo y positivismo como cubriendo tres debates distintos: el primero de ellos versa sobre uno y otro ismo "como explicaciones, en competencia, de la naturaleza del derecho". El segundo trata sobre los derechos naturales, o preconstitucionales, y "sobre la permisibilidad de que los jueces los identifiquen y los hagan valer". El tercero -que es el que, me atrevo a decir, interesa en mayor medida a Schauer- sobre si es o no adecuada, tanto descriptiva como prescriptivamente, una representación de las normas jurídicas como "dominio limitado". Esto es, de una visión del derecho que ve a éste como un conjunto de normas identificables por su origen o pedigree que resulta distinguible del conjunto de normas que integran la entera moralidad política de una determinada sociedad.
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