El regimen de incorporacion fiscal es aplicable a las personas fisicas que cumplan con los requisitos siguientes: 1. Realicen unicamente actividades empresariales. 2. Que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera de titulo profesional para su realizacion. 3. Que los ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior (2014), no hubieran excedido de $2'000,000.00. El regimen de incorporacion fiscal que se establece en la Ley del ISR sustituyo al regimen intermedio de las actividades empresariales, asi como al regimen de pequenos contribuyentes; estos dos ultimos regimenes fiscales estuvieron vigentes hasta el 31 de diciembre de 2013. Los contribuyentes que optaron en el ejercicio de 2014, u opten en el ejercicio de 2015, por aplicar lo dispuesto en este rgimen fiscal, slo podrn permanecer en el mismo durante un mximo de 10 ejercicios fiscales consecutivos. Una vez concluido dicho periodo, es decir, a partir del dcimo primer ejercicio fiscal, debern tributar conforme al rgimen general de las personas fsicas con actividades empresariales y profesionales. En esta edicin destaca lo siguiente: 1. El procedimiento para presentar las declaraciones bimestrales definitivas de impuestos federales. 2. Un marco terico y casos prcticos del Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el rgimen de incorporacin fiscal, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 10 de septiembre de 2014, el cual entr en vigor el 1o. de enero de 2015. 3. Un nuevo captulo que incluye los beneficios de seguridad social aplicables a las personas fsicas que pagan sus impuestos conforme al rgimen de incorporacin fiscal, dados a conocer mediante el Decreto por el que se otorgan estmulos para promover la incorporacin a la seguridad social, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 8 de abril de 2014, en vigor a partir del 1o. de julio de 2014.
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