la situación de los adolescentes en conflicto con la Ley Penal, desde siempre, han abierto un acalorado debate; en el vigente Estado Constitucional de Derechos y Justicia a partir de la promulgación y vigencia de la Constitución de la República del Ecuador 2008 y del Código Orgánico Integral Penal de 2014, establecen un tratamiento judicial especialísimo, así el Mandato Constitucional dispone como principio rector, a favor de la niñez y adolescencia, el interés superior, excepcionado su tratamiento jurídico-penal a una órbita especializada; así también la Legislación Penal establece que las personas menores de dieciocho años en conflicto con la ley penal, están sometidas al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.
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