En el derecho de la responsabilidad civil se ha discutido ampliamente si las personas jurídicas de derecho privado pueden sufrir daños de carácter extrapatrimonial. No obstante, han sido pocos quienes han indagado sobre si las personas jurídicas de derecho público también pueden sufrir esos daños extrapatrimoniales. El presente trabajo de tesis estudia esta última posibilidad. Para ello, luego de demostrar que las personas jurídicas de derecho público son sujetos de derecho y tienen unas funciones específicas, se analiza si ellas son titulares de derechos fundamentales y, en específico, de los derechos a la honra o al buen nombre. Asimismo, se presentan las posiciones jurisprudenciales y doctrinales -nacionales y extranjeras- más importantes sobre el tema y se expone la posición propia del autor, quien admite la posibilidad de que las personas jurídicas de derecho público puedan ser resarcidas por sufrir ciertas categorías de daños extrapatrimoniales.
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