Al estudiar el marco conceptual de las RIG, nos damos cuenta que poco se ha avanzado en este ámbito desde la definición que Anderson diera en 1960, o de las aportaciones sobre las características y modelos señalados por Wright (1988), esto lo podemos constatar cuando revisamos a diversos autores; Agranoff (1997) y Arbós (2009) por citar a algunos (en tiempos diferentes), que no hacen más que retomar lo ya aportado por los clásicos, todos ellos ponen el énfasis en los modelos, en las dimensiones... Cabe aclarar que hay aportaciones importantes, pero estas son muy específicas y a ciertos sistemas de gobierno. Este avance tan lento en la construcción teórica de las RIG se debe a que estas dependen en gran medida del rejuego político que existe entre moverse de un estado unitario a uno federado o viceversa y dicho movimiento, como ya lo hemos señalado no es igual en ningún país, cada nación tiene características propias y muy específicas, lo que hace sumamente complicado intentar extrapolar las RIG entre países. El diseño institucional y la descentralización económica y administrativa condicionan una determinada estructura de RIG.