El presente trabajo de investigación tiene por objeto determinar qué medidas preventivas, las empresas Bancarias de la ciudad de Trujillo, pueden formular para prevenir el Delito de Pánico Financiero, ya que el bien jurídico protegido por esta figura se basa en el resguardo y control del sistema crediticio y/o financiero. Se ha efectuado un estudio intenso sobre la figura delictiva del Delito de Pánico Financiero y sus fundamentos que agravan su tipificación en el Código Penal, el mismo que ha sido comparado con los estudios doctrinarios del Derecho Penal Económico, y efectuado el diagnóstico se concluyó que el fundamento jurídico del delito de pánico financiero es de orden extra-penal, ya que se sustentan en conceptos sociales, políticos, económicos, coyunturales y/o corrientes o tratados internacionales; por lo que su tipificación e incorporación en el Código Penal va a generar, especialmente, muchas controversias, debates y beneficios importantes en aras a la buena defensa y protección que se les va a proporcionar a nuestros consumidores y usuarios en materia financiera.