El estoppel por ser una figura propia del common law (derecho común), no es un tema familiar en el sistema jurídico continental. Sin embargo, consideramos que es necesario su estudio, por factores como la globalización del derecho y el uso cada vez más frecuente del arbitraje para resolver conflictos nacionales o internacionales, para dar herramientas a los operadores jurídicos que eventualmente se enfrenten en un proceso a tal figura o una vez conociéndola puedan servirse de ella. Así, esta investigación versa sobre una modalidad del estoppel conocida como collateral estoppel, por medio de la cual y con un replanteamiento de sus requisitos, se podría aceptar la vinculatoriedad de un laudo arbitral frente a terceros que no fueron parte en el trámite respectivo. En general, se trata de suplir, a partir del mencionado estoppel, las limitaciones de la concepción tradicional de la cosa juzgada, cuyos rígidos requisitos permiten, en ocasiones, que se retomen pleitos cuyo objeto litigioso, en principio, había sido resuelto.