En este trabajo, abordamos la cuestión de los Decretos de Necesidad y Urgencia. Instituto que fue una innovación constitucional en nuestro país, a partir de la reforma de 1994. La mentada institución, presenta aristas que atraviesan el derecho en su totalidad, permitiendo su análisis desde la doctrina del Trialismo Jurídico. Ello, atento a la participación que los tres poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) tienen en torno a esta figura, no solo en lo referente al mecanismo constitucional previsto para su formación y control, sino además, en lo atinente al control jurisprudencial que a lo largo de la historia puede valorarse en la materia, y que ha dejado una amplia gama de pronunciamientos de los magistrados, valiosos, también, para elucubrar nuestro abordaje.