En el año 2015, se introdujo en la legislación penal colombiana el feminicidio como tipo penal autónomo, lo que significó trasladar un concepto desarrollado en las ciencias sociales al ámbito del Derecho. La aplicación de la figura del feminicidio, entendida como la muerte a una mujer en la que subyacen motivos discriminatorios, puede suscitar cuestiones problemáticas con la atenuante del estado de ira e intenso dolor, especialmente en aquellos casos de los mal llamados . Por lo anterior, el presente trabajo se ocupará, en primer lugar, de esbozar unas breves consideraciones teóricas y dogmáticas referidas a los contenidos del injusto, de la culpabilidad y la relación entre ellos, con el propósito de delimitar cuáles son los puntos de partida de esta monografía. Posteriormente, se propone una interpretación del tipo penal del feminicidio y una fundamentación de la atenuante de estado de ira e intenso dolor a partir de la exigibilidad de otra conducta. Finalmente, se abordan ciertos casos que se enmarcarían dentro del feminicidio para determinar si en ellos es compatible el reconocimiento de la atenuante del artículo 57 del Código Penal colombiano